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Subvenciones para proyectos de innovación tecnológica Green

29/julio

El pasado 18 de julio, la agencia de la Generalitat de Catalunya referente para impulsar la competitividad de las empresas catalanas, ACCIÓ, abrió la convocatoria de Subvenciones para proyectos de innovación tecnológica Green.

El objetivo es que estos proyectos generen productos, procesos o servicios que estén alineados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y/o con la adaptación a los impactos del cambio climático, es decir, reducir de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y de los ámbitos socioeconómicos (como la eficiencia en el uso del agua, el suelo, la energía, la mejora en la biodiversidad o la contribución a la resiliencia del territorio).
El presupuesto total de la convocatoria varía según el año, siendo el máximo a destinar para cada año el siguiente:

  • Presupuesto máximo 2024: 800.000,00€
  • Presupuesto máximo 2025: 300.000,00€
  • Presupuesto máximo 2026: 705.000,00€
  • Presupuesto máximo 2027: 195.000,00€

La intensidad será de un 75% de los costes del Proyecto, salvo el gasto de auditor de cuentas, que irá al 100% (máximo 1.500€); siendo el presupuesto mínimo de 40.000€ y la ayuda máxima a recibir será de 90.000,00 euros por proyecto.
Los beneficiaros serán las pequeñas y medianas empresas industriales o de servicios que tengan establecimiento operativo en Cataluña y, al menos, dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa.
Se consideran empresas industriales o de servicios las que tengan una actividad económica incluida en algunos de los IAEs:

  • Todos los incluidos dentro de la división 1 (Energía y agua)
  • Todos los incluidos dentro de la división 2 (Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados)
  • Todos los incluidos dentro de la división 3 (Industrias transformadoras de los metales, mecánica de precisión)
  • Todos los incluidos dentro de la división 4 (Otras industrias manufactureras)
  • Todos los incluidos dentro de la división 5 (Construcción)
  • Agrupaciones 623 y 69 de la división 6 (Comercio, Restaurantes y alojamiento, reparaciones)
  • Todos los incluidos dentro de la división 7 (Transporte y comunicaciones) excepto las agrupaciones 755 y 757.
  • Agrupaciones 845 y 843,1 de la división 8 (Instituciones financieras, seguros, servicios prestados y alquileres)
  • Agrupación 936 de la división 9 (Otros servicios)

Se consideran subvencionables los proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo que fomenten una transformación tecnológica orientada a la mitigación y/o a la adaptación al cambio climático y a fomentar la mejora de su competitividad incorporando tecnologías avanzadas actualmente disponibles en el mercado. Estos proyectos pueden integrar tecnologías digitales. Serán financiables:

  1. Los costes de personal técnico que participe en el proyecto objeto de ayuda.
  2. Costes de colaboración externa, con un máximo del 70% del presupuesto.
  3. Coste de nuevos activos fijos necesarios para la ejecución del proyecto.
  4. Otros gastos de adquisición de software o licencias de uso de software necesario para la realización del proyecto.
  5. Gasto de realización, por parte de un auditor, del informe de justificación de la actuación subvencionada, con un máximo de 1.500,00€.